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Fuente: ANIMAL’S HEALTH
www.animalshealth.es
Fecha: 2 de Abril de 2020
Autores: Jorge Jiménez
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación confirmó el pasado 4 de febrero en el Sistema de Alerta Sanitaria Veterinaria (RASVE) el primer caso de scrapie del año 2020 el cual ha tenido lugar en Castilla-La Mancha, en el municipio de Sonseca, en la provincia de Toledo.
En total, en 2019 hubo en España 23 casos confirmados por las autoridades veterinarias. Castilla y León fue la comunidad más afectada, con 10 casos, seguida de Aragón, con 4 casos; Navarra, Andalucía y Canarías, con 2 casos cada una; y Comunidad Valenciana, Extemadura y Castilla-La Mancha, con 1.
El scrapie, también conocido como tembladera, o prúrigo lumbar, es un proceso neurodegenerativo progresivo que afecta a ovejas y cabras, que se clasifica como una encefalopatía espongiforme transmisible (EET) o enfermedad causada por priones.
Según especifica el MAPA, el periodo de incubación de la enfermedad es de 4 a 5 años, en términos generales, aunque puede ser mayor. Y el Laboratorio de Genética y Control del Laboratorio Central de Veterinaria de Algete es el Laboratorio Nacional de Referencia para la confirmación de la enfermedad de Scrapie o Tembladera.
Asimismo, según indica Agricultura, la estrategia para manejar el riesgo de tembladera integra una serie de medidas, a través de normas para la prevención, el control y la erradicación de las encefalopatías espongiformes transmisibles (EETs), tanto a nivel de la Unión Europea como a nivel nacional. Toda la regulación de las EETs se sustenta sobre una base científica sólida.
La mayoría de las actuaciones legales de las EETs están recogidas a nivel de la Unión Europea en el Reglamento (CE) nº 999/2001 ,de 22 de mayo de 2001, que establece disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de las encefalopatías espongiformes transmisibles (EET) en los animales.
El reglamento se aplica a la producción y puesta en el mercado de los animales vivos y de los productos de origen animal, y, en determinados casos, a su exportación. El reglamento recoge un programa anual obligatorio de seguimiento de la EEB y de la tembladera, prohibiciones en materia de alimentación de los animales, normas para la retirada y destrucción del material especificado de riesgo, medidas relativas a los animales sospechosos de estar infectados por una EET y medidas en caso de confirmación de una EET.
Por otro lado, a nivel nacional, el Real Decreto 3454/2000 , de 22 de diciembre, establece y regula el Programa Integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales, que incluye, como actuaciones concretas, los programas de vigilancia , de control de sustancias empleadas en la alimentación de animales, de inspección de establecimientos de transformación de subproductos y animales muertos, y de control de los materiales especificados de riesgo.

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