Fuente: ANIMAL’S HEALTH
www.animalshealth.es
Fecha: 21 de Octubre de 2019
Como se anunció en junio, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha sacado una consulta pública previa a la elaboración del Proyecto de Real Decreto por el que se regula la fabricación, comercialización, uso y control de los piensos medicamentosos.
En este sentido, desde el MAPA se precisa que con esta nueva norma se pretende establecer aspectos no cubiertos por el Reglamento (UE) 2019/4 relativo a la fabricación, la comercialización y el uso de piensos medicamentosos.
Entre estos aspectos, se encontrarían el procedimiento a seguir por los establecimientos que soliciten autorización a partir de la entrada en aplicación del citado reglamento y los criterios mínimos en relación con la homogeneidad en piensos medicamentosos.
Asimismo, el MAPA pretende regular los niveles máximos nacionales de contaminación cruzada de medicamentos veterinarios en piensos no destinatarios o las condiciones aplicables al uso de piensos medicamentosos en ensayos clínicos, entre otros.
Esta regulación, según el Ministerio se lleva a cabo para afrontar “el gran reto en salud pública del siglo XXI”, el incremento de microorganismos resistentes a antimicrobianos.
Los piensos medicamentosos no son solo la principal vía de tratamiento de colectividades en sanidad animal, sino la vía más adecuada según la evaluación de impacto realizada por la Comisión Europea.
No obstante, apuntan desde el MAPA, la fabricación de piensos medicamentosos lleva aparejada la posible presencia de contaminación cruzada en los piensos fabricados, almacenados o transportados en las mismas instalaciones a continuación de un pienso medicamentoso, debido a la transferencia de principios activos arrastrados de un pienso a otro.
Por ello, el objetivo de la norma es, por tanto, regular aquellas cuestiones no recogidas por el Reglamento (UE) 2019/4, en particular los niveles máximos de contaminación cruzada de medicamentos veterinarios en piensos no destinatarios.
Por último, se señala que la aprobación de una norma nacional , de obligado cumplimiento en todo el territorio, es la “mejor forma” de abordar esta cuestión para evitar diferentes actuaciones en función de la localización territorial de los operadores implicados.