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Fuente: PORTAL VETERINARIA

www.portalveterinaria.com

Fecha: 13 de Enero de 2023

La Subdirección de Exportación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado un informe para exponer la actual situación de las explotaciones de productos avícolas españolas por la situación de la influenza aviar de alta patogenicidad (IAAP) H5N1.

En el documento se recuerda que el 20 de diciembre de 2022 se informó a los Servicios de la Comisión Europea y a la Organización Mundial de la Sanidad Animal (OMSA) de la declaración de un foco de IAAP en una explotación de ocas en la comarca de Valladolid, de la provincia de Valladolid. Este foco es el primero declarado por España en aves domésticas que fue notificada a la OMSA el 12 de septiembre de 2022.

Como consecuencia de ello, las condiciones epidemiológicas españolas se han modificado respecto a esta enfermedad, con sus consiguientes repercusiones en materia de exportación de animales y productos de origen animal a terceros países. España ha perdido el Estatus de país libre de Influenza Aviar ante la OMSA, y como consecuencia de ello, todos los certificados en cuya atestación sanitaria figura el requisito de “País libre de Influenza aviar” han sido bloqueados en la aplicación informática de CEXGAN.

Inicialmente se bloquearon 40 certificados de un total de 256 certificados actualmente disponibles para la exportación de aves vivas, genética aviar y productos de origen aviar, tanto destinados a consumo humano como con fines de técnicos o para la alimentación animal. Este listado irá cambiando a medida que los países comuniquen, modifiquen o levanten restricciones.

Para aquellos destinos que admiten exportaciones desde zonas libres de gripe aviar o se exporta con certificado genérico, se aplican los criterios establecidos en el código de la OMSA, que acepta la regionalización del status de un país, es decir, la definición de una “zona infectada”:

  • Desde la zona libre no existen restricciones.
  • Desde la zona infectada (regionalizada): tanto en virus de influenza aviar de alta como de baja patogenicidad, es necesario un plazo de 3 meses para poder volver a considerar la zona/país libre una vez finalizado el sacrificio y/o destrucción.

La Subdirección de Exportación recuerda que, basándose en experiencias previas de reconocimiento de la regionalización de enfermedades por los diferentes países terceros, es de esperar que en algunos casos, una vez conozcan la situación española y evalúen sus importaciones de productos de origen avícola, adopten medidas restrictivas adicionales a las importaciones procedentes de España.

En la nota se incluyen dos anexos, en los que se relacionan las restricciones o condiciones adicionales impuestas por países terceros y los certificados bloqueados en CEXGAN por contener el requisito de procedencia de un país libre de influenza aviar.